8 de junio de 2024

De manías y carriles



Poco a poco -será la edad- mi vida transcurre por raíles relativamente fijos. Supongo que es lo que empieza a pasarle a la gente de mi edad. Los padres se libran un poco porque su casa y su agenda son invadidas por anarquistas bajitos expertos en dinamitar costumbres y sabotear raíles. Pero no es mi caso, por lo que los carriles fijos van ganando espacio en mi rutina. Cosa que me asusta, la verdad. Pero que tampoco está en mi mano evitar sin empezar a hacer cosas raras.

Uno de esos raíles es la perfecta ubicación de mis zapatillas de andar por casa cuando me acuesto. Las coloco de tal modo que cuando me levanto mediodormido para ir al baño mis pies aterrizan en ellas a la perfección. Pues bien, cuando hoy a las tres a.m. me encaminaba al baño he dado una patada a la pata de la cama. Gracias a que iba calzado, he sufrido un dolor muy moderado. De vuelta en la cama me he imaginado con veinte años menos chutando la pata de la cama descalzo, y saltando a la pata coja con la punta del pie cobijada detrás de la rodilla maldiciendo en hebreo.

Me he dormido burlándome un poco de mi yo de 20 años, que vale que jugaba al fútbol y tenía un carácter más flexible y no tenía manías de viejo en plan Mejor imposible ni se levantaba a mear por las noches, pero que daba puntapiés a patas de cama metálicas sin tomar las precauciones más elementales, el muy tonto.


PD. Por cierto, escribiendo esta entrada he recordado este cuento, que leí hará 25 años.

El Derecho y el revés

 

El derecho y el revés, Ariel, Barcelona, 2004 (3ª).

Correspondencia entre Alejandro Nieto y Tomás Ramón Fernández


 Es interesante ver las dos personalidades en diálogo. Nieto parece un genio atormentado, caústico. Fernández, un hombre leído y conciliador.

El libro habla un poco de la esencia del Derecho, de cómo lo aplican los operadores jurídicos -sobre todo, los jueces-, y de las razones por las que existen sentencias contradictorias. Más allá del contenido, la lectura es muy agradable por la maravillosa pluma de los dos autores, particularmente la de Nieto, llena de metáforas muy sugerentes.

Copio a continuación algunas citas o ideas que me han gustado especialmente (cuando no se indica el autor, son de Nieto). A ver si las revisito de vez en cuando.

(Esto es una idea de fondo, no una cita): Dos concepciones de la ley: como norma solucionadora de conflictos, bastante unívoca. O como conjunto de criterios, orientaciones y directrices para que el juez responda bajo su propia responsabilidad. En esta segunda posición se sitúa Nieto. Esta teoría es la que justifica para él que para un mismo litigio existan diferentes soluciones justas, lo que no representa un problema. Hay muchas soluciones posibles y algunas incorrectas.

Nieto. P. 62. Mira que la ley es un becerro de oro que brilla demasiado y es más cómodo danzar en su torno, repitiendo las músicas de siempre, que aventurarse por las zarzas del desierto buscando al dios verdadero, al Derecho que está por encima de la ley.

p. 67. Las grandes organizaciones -como los pastores- han de mimar a los consumidores y usuarios porque cabalmente viven de ellos. Las ovejas bien cuidadas están lustrosas y con buenas carnes y, aunque saben que así se las trata no por amor a ellas sino por el beneficio de la báscula del mercado, pueden disfrutar de la vida hasta que les llega su hora.

p. 70. Hablando de la mala técnica legislativa. (Escrito en 1997). Lo grave es cuando una ley, con independencia de sus intenciones, se expresa en términos confusos, contradictorios, haciendo imposible suaplicación y -sin beneficio de nadie- deja las cosas peor que estaban. Corren tiempos de legisladores ignorantes e insensatos que ponen a los profesores y jueces en aprietos muy delicados, ya que resultan de inteligencia y aplicación imposibles.

p. 88. Tal y como cuentas -y la anécdota es de peso- la estabilidad de la ley nos protege de los caprichos de un director general; pero, en contrapartida, conserva ocurrencias del legislador en mala hora tenidas (…). Con la consecuencia de que la Administración y los particulares hemos de pagar durante años y décadas los errores de una noche legislativa.

Tomás Ramón, p. 109. Que no se cumplan todas las normas no es tan malo. Corrige una cierta legislomanía.

Si lo que quieres decir en tu última carta es que la ley no rige al cien por cien, la vida colectiva, esto es, la conducta de los ciudadanos, el trabajo de los funcionarios y la propia actividad de los jueces puedes decirlo sin más porque es cierto, pero no te apresures por ello, sacar conclusiones demasiado rotundas. Yo te diría, incluso, que no es malo, sino todo lo contrario. Recuerda aquella aguda frase con la que Agustín de Foxá acertó a definir el franquismo: una dictadura moderada por el incumplimiento. Y es que el incumplimiento parcial de la ley o, si quieres, la ineficacia parcial de esta, es la vía por la que retorna una parte de la libertad que inicialmente nos arrebata, que es, justamente, de lo que tú te quejas tan amarga tan amargamente. (…) Esa legislomanía (…) encuentra un paliativa, un mecanismo corrector, en el escepticismo del consumidor, es decir, del ciudadano que, lógicamente, se apunta a lo que en cada caso le conviene, afortunadamente para todos.

117. Las relaciones entre el juez y la ley: esa cumbre de la cordillera del pensamiento jurídico que todo jurista de raza se siente impulsado alguna vez a escalar, aunque por sus laderas y ventisqueros todos terminen despeñados.

126. La Ley es una oferta, una directriz que recibe el juez (todos los operadores jurídicos) para -con ella y desde ella- ponerse a trabajar, a “hacer Derecho”.

131. Hay cosas no demostrables: no susceptibles de demostración sino de argumentación plausible.

131. La opinión dominante no nos vincula, pero nos obliga a ser muy cautelosos porque despreciarla es de soberbios.

150. Como de los apaleados salen los escarmentados, veo contrabandistas por todas partes y tiendo a leer pretexto donde pone justificación. La atractiva manzana de la técnica, cualquiera que sea la variedad de esta, lleva escondido el gusano ideológico que la hace inevitablemente sospechosa.

152. La pregonada conciencia de los juristas, la conciencia de los profesores se vente a tanto la línea. (…) ¿Puedes citarme una ley, una sola ley, que no haya sido respaldada y defendida por algún catedrático? ¿Puedes citarme una causa vil que no haya sido sostenida por un puñado de juristas importantes?

161. Ley: materia prima para el juez. P. 161. Las leyes están en el Boletín Oficial del Estado, como los alimentos en un supermercado (sic veniat verba). El juez va recorriendo los estantes y escoge los productos enlatados y empaquetados, que con su abstracción pueden valer para muchas cosas. Luego, en la cocina de su casa, se prepara el plato concreto y de las múltiples posibilidades que ofrece el arroz, termina obteniendo una paella o un arroz negro o un arroz a la cubana. Eso es lo que se come -lo ya aderezado- y no los duros granos del paquete. Vistas así las cosas, ni que decir tiene que las colecciones de jurisprudencia sirven como libros recetarios para uso de jueces de poca imaginación o demasiado cómodos e insensibles para crear sus propias fórmulas.

TRF. 176. Con las palabras nos estado encadenar argumentos y construir razones para justificar nuestra conducta o demostrar la falta de justificación de la de nuestro eventual adversario ante una instancia imparcial cuya decisión hemos convenido de antemano aceptar. De eso y no de otra cosa trata el Derecho (…).

190. Las diferencias entre demostración y argumentación son bien sabidas. La demostración se refiere a hechos empíricamente verificables o a reglas objetivas (…). En estos casos, cualquier discusión es ociosa porque no se trata de opiniones personales. No se discute si está lloviendo o no, basta sacar la mano por la ventana (…).

La argumentación, en cambio, que nada puede demostrar, pretende convencer, intenta ganarse al auditorio con habilidades retóricas. La demostración se logra o no se logra; no hay términos medios: o se ha demostrado la existencia del hecho o no se ha demostrado. En la argumentación, por el contrario, puede hablarse de plausibilidad y de fuerza convincente. (…) 191. El objetivo declarado de la argumentación es convencer al destinatario y convencer es lograr la aceptación o adhesión a lo que se está diciendo.

192. La fuerza persuasoria de la argumentación depende de (1) la solidez de las razones esgrimidas, (2) de la habilidad del exponente y (3) de la receptividad del auditorio.

TRF. 204. El gran enemigo de la formación, ahora agigantado hasta hacerse monstruoso, es la obsesión por la información, el exceso de información, y de sus inevitables secuelas, el afán de novedades, el prurito de la erudición, el deseo de mostrar a los demás que se está à la page, la banalidad y la fugacidad de las modas.4

208. Es curioso que la sociedad moderna que ha quitado de los altares cosas tan sagradas como la Religión, la Patria o la Familia, siga poniendo velas al Derecho.

211. Si un torero no domina su arte, le pilla el toro, y a un ingeniero que desconoce su técnica, se le hunde el puente. Mientras que las sentencias y las escrituras valen igual, estén bien o mal hechas. La calidad de los abogados se mide por contraste con la de sus adversarios; de tal manera que pueden vivir equiparados en la calidad más ínfima: hagan lo que hagan, uno de ellos ha de ganar el pleito y el cliente lo achacará a sus habilidades.

214. Nada hay tan insípido como un libro que no logra remontarse de la ley que está comentando.

216. El ocio cultural devuelve el ciento por uno.

220. Si un día desapareciesen de las librerías todos los libros que se autotitulan prácticos o apareciese el cura de Don Quijote para mandar a la hoguera a todos en los que se cita pedantemente y sin venir a cuento a más de tres autores por página, probablemente recuperaría el apetito por lecturas nuevas.

225. TRF. No pueden pedírsele peras al olmo, pero sí sombra.

225. TRF. Esencia del Derecho. La vida sigue y para vivirla en paz se necesitan reglas de algún tipo, se necesitan procedimientos para resolver los eventuales conflictos que la convivencia hace inevitables y hacen falta árbitros neutrales que puedan, al menos, moderar el debate, valorar las razones de unos y otros y proponer una posible solución. Ya hemos descubierto el Derecho.

242. Porque –frente a lo que creían ingenuamente los hombres de la Ilustración- nada hay más injusto que lo general y uniforme. Por eso se dice que los jueces son los protectores de los ciudadanos: no tanto a la hora de ampararlos con el manto de la ley como a la hora de impedir que la ley se les aplique en sus términos literales. Porque el juez puede reducir el rigor de la dura lex y cortar, utilizando el paño genérico de la ley, un traje personal e individualizado para cada caso.

247. Yo no pretendo ser un Sansón que derriba las columnas para morir matando filisteos.

248. AN se dirige a TRF. Lo que pasa es que estamos representando papeles diferentes del mismo drama y, sin uno, no se entendería el otro. Tú has asumido deliberadamente el del constructor, el de quien no mira atrás y, aceptando las cosas como son, entiende que siempre hay sitio para edificar algo nuevo y hermoso. Yo he asumido, también deliberadamente, un papel menos atractivo: el de destructor, el de quien mira atrás y alrededor y, no aceptando las cosas como son, pretende derribarlas para hacer sitio a lo nuevo, a lo hermoso y a lo justo. Para poder avanzar no basta tener buenos pies, pues antes hay que abrir camino, podar las zarzas, apartar las piedras caídas y levantar los troncos atravesados. A cuyo efecto son imprescindibles el hacha, el pico y en ocasiones hasta la dinamita.

TRF. 255. Yo tomo el sistema tal cual es porque sé muy bien que no va a derrumbarse por mucho que yo empuje. No soy Josué, ni tengo sus trompetas.